Certificación alimentaria sin gluten
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¿Qué requisitos establece?

El límite crítico permitido por esta certificación, se establece en 20 mg/kg (ppm) de gluten medido en los alimentos tal como se venden o distribuyen al consumidor final.

Estos niveles máximos de gluten, están controlado por:

  • Laboratorios acreditados por ENAC o cualquier otro organismo de acreditación miembro de EA (European Cooperation for Acreditation) para este parámetro por la Norma 17025:2005 (UNE-EN ISO) y autorizados por FACE para la detección y cuantificación de gluten.
  • Entidades de certificación acreditadas por ENAC o cualquier otro organismo de acreditación miembro de la EA (European Cooperation for Acreditation), para la Norma UNE-EN ISO/IEC 17065:2012 para alcances referidos a industrias agroalimentaria, y autorizadas por FACE. Se realizará un control anual de los sistemas de Análisis de Peligros y Puntos de Control Críticos (APPCC) de la industria agroalimentaria.
  • Comisión gestora de FACE.

*Existen productos que por ser libres de gluten por naturaleza no pueden certificarse bajo el Sistema de Licencia Europeo. En el Reglamento técnico se incluye un listado de ellos, sin embargo, cualquier excepción será sometida a evaluación por parte del comité técnico de AOECS.

¿Cómo aparece representada en el etiquetado de los productos?

Logotipo a emplear en un producto certificado con la Marca Registrada Espiga Barrada (CGT).

Este código, recoge la siguiente información:

  • XX = Código de país (para España será siempre ES).
  • YYY = Código de licencia (titular de la licencia y/o empresa propietaria de la marca).
  • ZZZ = Código de producto.
  • OATS = A incluir en caso de que el producto contenga avena como ingrediente.

Los cinco primeros códigos siempre serán comunes para los productos de un OEA, titular de una licencia de uso, y para sus marcas propias. Sólo cambiarán los tres últimos ya que son exclusivos de cada producto.

Nota aclaratoria: FACE únicamente podrá certificar empresas cuya sede social se encuentre situada en España. En caso de encontrarse en otro país deberá dirigirse a la asociación de celiacos perteneciente a AOECS de ese territorio.

Ejemplo: una empresa con sede social italiana, deberá realizar este trámite con AIC (Associazione Italiana Celiachia).

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